Permiso por Hospitalización de un Familiar: Derechos, Procedimiento yNovedades Legislativas

El permiso por hospitalización de un familiar es un derecho esencial que permite a los trabajadores ausentarse de su puesto para atender situaciones de hospitalización o cuidado de familiares. Este permiso, regulado en el artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores, ha sido objeto de modificaciones recientes que amplían su alcance y aclaran aspectos relevantes tras diversas sentencias judiciales.

¿Qué incluye el permiso por hospitalización tras la reforma?

El artículo 37.3 b) establece que los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido de cinco (5) días en caso de:

  • Accidente o enfermedad graves.
  • Hospitalización.
  • Intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario.

Este permiso se aplica a las siguientes personas:

  • Cónyuge o pareja de hecho.
  • Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluyendo al familiar consanguíneo de la pareja de hecho.
  • Otras personas no familiares que convivan con el trabajador en el mismo domicilio y requieran su cuidado efectivo, acreditando la convivencia y necesidad de cuidado.

¿Cómo afecta la nueva sentencia al permiso por hospitalización?

Las recientes sentencias judiciales están aclarando aspectos controvertidos desde la entrada en vigor de esta reforma, destacando los siguientes puntos:

  1. Inicio del permiso
    Según una sentencia de la Audiencia Nacional de 12 de septiembre de 2024, el trabajador tiene libertad para decidir cuándo comenzar los cinco días de permiso retribuido, sin que sea obligatorio que coincidan con el día exacto del ingreso hospitalario o el inicio de la enfermedad.
  2. Días laborables y festivos
    La misma sentencia establece que, salvo disposición específica en el convenio colectivo, los días del permiso no deben coincidir con días de descanso o festivos. En caso de que el hecho causante ocurra en un día no laborable, el permiso comenzará el primer día laborable siguiente.
  3. Acreditación del vínculo
    La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 27 de junio de 2024 concluye que, para familiares directos (cónyuge, pareja de hecho o familiares por consanguinidad), no es necesario demostrar convivencia ni la necesidad de cuidado para disfrutar del permiso.
    • Excepción: Para personas no familiares que convivan con el trabajador, será necesario acreditar tanto la convivencia como la necesidad efectiva de cuidado.

Derechos del trabajador y procedimiento

Para disfrutar del permiso, el trabajador debe:

  1. Notificar a la empresa la situación con la mayor antelación posible.
  2. Aportar documentación justificativa, como el informe médico, certificado de hospitalización o cualquier documento que acredite el hecho causante.
  3. Consultar el convenio colectivo aplicable, ya que podría regular de manera específica la duración o condiciones del permiso.

¿Qué ocurre si la empresa se niega a conceder el permiso?

Si la empresa pone trabas o interpreta erróneamente el alcance del permiso, el trabajador puede:

  • Presentar una reclamación interna, solicitando una revisión de la negativa.
  • Acudir a la Inspección de Trabajo o a los tribunales laborales, quienes tienen competencia para resolver estas situaciones.

Las recientes sentencias ofrecen interpretaciones que refuerzan los derechos de los trabajadores al otorgar mayor flexibilidad en el disfrute del permiso y aclarar los requisitos de acreditación. Aunque estas resoluciones no son firmes y podrían ser recurridas ante el Tribunal Supremo, constituyen una base importante para la protección del derecho al permiso retribuido.

¿Tienes dudas sobre tus derechos laborales?

En nuestro despacho, te asesoramos para garantizar que disfrutes de tus permisos laborales conforme a la ley. Si necesitas orientación sobre el permiso por hospitalización de un familiar o cualquier otro derecho laboral, no dudes en contactarnos.

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